Sada publica las bases reguladoras del programa de viviendas vacías

18 / ABR / 2017

Sada publica las bases reguladoras del programa de viviendas vacías

- El gobierno de Sada firmó el pasado año este programa enfocado en la ayuda a personas y familias en riesgo de exclusión social.

-Tendrán prioridad en el acceso al programa de viviendas vacías las unidades familiares que fuesen privadas de su vivienda habitual por daños sufridos en esta, derivados de una circunstancia imprevisible y sobrevenida, tales como inundaciones.

- Bases Reguladoras Programa Viviendas Vacías

Sada, 18 abril 2017.

El Ayuntamiento de Sada firmó el pasado mes de mayo, a través de la Federación Gallega de Municipios y Provincias, el convenio de colaboración con el Instituto Gallego de Vivenda e Solo (IGVS) para el desarrollo del programa de viviendas vacías en el ámbito del Plan Gallego de rehabilitación, alquiler y mejora de acceso a la vivienda 2015-2020.

El objeto de las bases del programa, que ayer se publicaban en el Boletín Oficial de la Provincia, es la regulación de los aspectos materiales, personales, formales y procedimentales del Programa de Viviendas Vacías del Ayuntamiento de Sada implantado en el mismo en virtud de Decreto 359/17, de 27 de febrero de 2017 y que se desarrollará de conformidad con el acuerdo de adhesión al Convenio de colaboración entre el IGVS y la FEGAMP.

Con este acuerdo se procura poner inmuebles desocupados del municipio a disposición de personas y familias en riesgo de exclusión social y de manera prioritaria, a las afectadas por procedimientos de ejecuciones hipotecarias o por desahucios por impago de la renta de alquiler de su vivienda habitual.

Las viviendas que se incluyan en el programa deberán reunir una serie de características como tener la consideración de vivienda libre o no estar sometida la ninguna limitación para arrendarlas así como reunir las condiciones esenciales de habitabilidad e idoneidad para su arrendamiento o estar de alta en los suministros básicos de agua, basura, gas y /o electricidad.

Las viviendas se podrán arrendar con o sin muebles, pero, en cualquier caso, deberán contar con instalación de agua caliente, con cocina equipada con mobiliario y electrodomésticos básicos, entendiéndose por tales cocina con horno incorporado y lavadora. 

El precio de la renta del alquiler de las viviendas incorporadas al Programa de Viviendas Vacías no podrá ser superior a la 300€.

Requisitos de las personas demandantes de vivienda del programa.

Las unidades familiares o de convivencia deberán tener unos ingresos entre 1 y 2,5 veces el IPREM aunque excepcionalmente podrá exceptuarse del cumplimiento de acreditar el límite mínimo de ingresos cuando se trate de situaciones de emergencia social, en todo caso se deberá acreditar en el expediente de adjudicación a percepción de unos ingresos económicos mínimos o de ayudas, públicas o personales, que les permitan hacer frente a los deberes económicos que deriven del contrato de arrendamiento.

Las personas solicitantes deberán encontrarse en una situación personal o familiar que suponga una dificultad para acceder a una vivienda de alquiler en el mismo municipio; no tener parentesco por vínculo de matrimonio u otra relación estable análoga, por consanguinidad o adopción, hasta segundo grado, con las personas arrendadoras; deberá quedar acreditado el grado de integración social.

Tendrán la condición de colectivos prioritarios las unidades familiares o de convivencia afectadas por procedimientos de ejecución hipotecaria, sin necesidad de que exista una resolución judicial de finalización del citado procedimiento judicial como también las unidades familiares afectadas por un procedimiento judicial de desahucio por impago de rentas de su vivienda habitual.

Otros colectivos prioritarios son las unidades familiares que convivan con hijos menores así como familias numerosas y familias monoparentales con hijos a cargo; las unidades familiares o de convivencia en los que existan mujeres víctimas de violencia de género. Del mismo modo tendrán prioridad las unidades familiares en las que existan personas mayores de 65 años o personas dependientes o con discapacidad reconocida igual o superior al 33 %; las unidades familiares o de convivencia en las que existan personas que habían sido beneficiarias de ayudas al alquiler en el marco de programas gestionados por el IGVS y las familias con dificultades para asumir el coste del arrendamiento de una vivienda y que habían sido privadas de su vivienda habitual por daños sufridos en esta, derivados de una circunstancia imprevisible y sobrevenida, tales como incendios o inundaciones.

Estas viviendas se adjudicarán a personas vulnerables de manera compatible con otras ayudas públicas. La Xunta de Galicia ofrecerá todas las garantías necesarias para esas viviendas mediante un seguro multirriesgo del hogar y un seguro de garantía del cobro de la renta en las mensualidades impagadas que incluye asistencia y defensa jurídica.  El alcalde de Sada, Benito Portela, señala que gracias a este programa “Sada se dota de más recursos para proteger el derecho constitucional de todos los ciudadanos la una vivienda”.

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